MEJORAS EN EL CONTROL DE CONCEPTOS Y DE MODELOS

Con el fin de evitar que los usuarios puedan introducir conceptos con tipos de IVA no correctos, o que se contabilicen facturas que impliquen la realización de un modelo concreto (por ejemplo el modelo 115 para alquileres) sin que estén dados de alta en el planning de modelos, se han incluido los siguientes controles en las aplicaciones.

1.1. Control de conceptos vinculados a tipos de IVA

En el mantenimiento de conceptos se ha añadido la posibilidad de poder indicar los tipos de IVA admitidos para cada concepto, de modo que mediante la tecla de función “F12. Tipos admitidos” se abrirá un lineal en el que añadir los tipos de IVA que posteriormente se chequearan en la introducción de facturas para admitirlos o no. En el caso de no informar ningún tipo de IVA, el funcionamiento es como hasta ahora, permitiéndose cualquier tipo de IVA.

Con los conceptos configurados según los tipos de IVA que se consideren oportunos, en la introducción de facturas, desde el campo <Tipo IVA> si se hace una consulta se mostrarán únicamente los tipos admitidos, y si se intenta poner un tipo no valido, se mostrará un aviso y se impide utilizarlo.

1.2. Control de conceptos vinculados a modelos

En el mantenimiento de parámetros de entrada de facturas de IVA que esta accesible desde las opciones de menú que se muestran en la imagen siguiente, se ha incluido la posibilidad de chequear la existencia o no de los modelos de retenciones (modelos 111, 115 y 123) así como el modelo 349 de operaciones intracomunitarias, de modo que al utilizar un concepto que implique la utilización de alguno de los modelos indicados, se mostrará un aviso en el caso de que en el planning de modelos no este configurado; es posible configurar esta opción para que solo muestre un aviso o impida continuar grabando la factura.

Menú PI
Menú contagen

1.3. Control de facturas intracomunitarias

Debido a la salida del Reino Unido de la Unión Europea, desde el 1 de enero de 2021 las operaciones realizadas con ese país ya no se consideran operaciones intracomunitarias, debiendo considerarse importaciones o exportaciones en todo caso. 

Para evitar que por error se pueda utilizar un concepto que este configurado como de operaciones intracomunitarias, se ha incluido un control en la introducción de facturas que impedirá grabar una factura con esos conceptos si el país del cliente/proveedor no es alguno de los siguientes: AT, BE, BG, CY, CZ, DE, DK, EE, EL, FI, FR, HR, HU, IE, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, RO, SE, SI, SK

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar

Uso de cookies

Este portal web puede utilizar cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar la navegación. Si continua navegando consideramos que acepta su uso. “Más información”.

ACEPTAR
Aviso de cookies