RELEVISTA JUBILACIÓN PARCIAL

En la cuarta pantalla de la ficha del trabajador, se ha adaptado el campo «Jubilación Parcial» para que acepte además de “S”,”N”, la opción «R» de «Relevista». Si se indica la “R”, se habilita el siguiente campo para introducir la base de cotización perteneciente al jubilado parcial, de modo que la base de cotización  correspondiente al trabajador relevista no podrá ser inferior al 65% de dicha base informada. De esta forma ya no hace falta crear una constante específica para este tipo de trabajadores.

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